miércoles, 15 de octubre de 2008

LA GANADERIA

En el campo de la riqueza pecuaria la cultura indígena no ofreció a los conquistadores ninguna especie de ganado mayor o menor similar a las europeas. Pero esa carencia fue compensada muy pronto por las apropiadas condiciones climáticas, topográficas de los dilatados espacios de la Nueva España.

En el terreno humano, los menores cuidados que la ganadería necesitaba, a diferencia de la agricultura, lograron hacer del indio un elemento de colaboración menos difícil de aplicar que en las actividades de cultivo.




El lugar de origen de todas las especies europeas introducidas en la Nueva España fueron las islas Antillas: Cuba, Santo Domingo, San Juan de Puerto Rico, donde ya contaban con varias décadas de aclimatación. La rápida multiplicación del ganado caballar redujo al mínimo su precio e hizo posible que hasta los españoles y mestizos pobres dispusieran de caballo.

El cerdo pronto se propagó y quedó al alcance de todos. Las telas de abrigo exigidas por el clima de la meseta y la propia costumbre europea, hicieron que el ganado lanar u ovino ocupara lugar destacado en la incipiente economía colonial interna. La especie “merino”, por su fácil adaptación al medio, calidad y rendimiento de lana, se hizo indispensable para cubrir esa necesidad.

La primitiva unidad de tierra dedicada al ganado se incluyó en las normas relativas al reparto de tierras, por lo que corresponde a peonías y caballerías. Peonía era una porción de tierra de 50 pies de ancho y 100 de largo, 100 fanegas de tierra de labor de trigo o cebada, 10 de maíz, dos huebras (una era la extensión arable por una yunta en un día de labor) de tierra para huerta y 8 para cultivo de otros árboles, y tierra de pastos suficientes para 10 puercas de vientre, 20 vacas, 5 yeguas, 100 ovejas y 20 cabras. La caballería media 100 pies de largo y 200 de ancho, con equivalencia total a cinco peonías de tierras de ganado, labor y pastores, correspondía, en medidas métricas actuales, a 0.41 km2.

La cercana comarca de Toluca y aledaños acogió las primeras concesiones de estancias que constituyeron el núcleo del posterior movimiento migratorio del ganado hacia el norte.

Materia de constantes reclamaciones fue la invasión de destrucción de las sementeras indígenas por el ganado.

Medida encaminada a precaver los daños en labranzas y pueblos indígenas fue la de establecer la distancia que debía separar su propiedades de las estancias de españoles. Al efecto se promulgaron las Ordenanzas de 26 de mayo de 1567, modificadas por reales cédulas de 1687 y 1695. Por las primeras debía haber un espacio de mil varas entre las estancias y los poblados; las cédulas reales citadas alargaron la distancia a 1 100 varas, contadas desde la inglesa del pueblo de indios “y no desde la última casa como antes se practicaba”. Las reducciones de indios también quedaron amparadas contra la invasión del ganado.

Factor de suma importancia en el desenvolvimiento de la ganadería fue la extensión de los preceptos jurídicos peninsulares a las colonias sobre el usufructo común de tierras y pastos. El caso particular de las sementaras indígenas quedó incluido en la legislación local por la ordenanza de 6 de abril de 1576.

La institución de la Mesta que en España fue la asociación de dueños de ganado, en la Nueva España se distinguió por constituir igual tipo de gremio, pero formado por propietarios de estancias que a la vez lo eran de ganados, en otras palabras, poseían al mismo tiempo bienes raíces y semovientes. Al Cabildo de la ciudad de México corresponde el haber decidido establecer en 1529 una rudimentaria organización Mestal local, limitada a su extenso distrito territorial.

Con el paso del tiempo esas primeras ordenanzas sufrieron profundas modificaciones al irse acumulando una copiosa legislación, producto de resoluciones sobre casos generales o particulares no previstos en su texto o apenas percibidos en el momento de su promulgación.

El rodeo, la expresión más mexicana de la Mesta, aparece regulada en dos formas: la principal, desde el día de San Juan en junio hasta mediados de noviembre. Cada estancia debía hacer el rodeo semanal de ganado vacuno y caballar para separar las reses mezcladas; la otra forma, más limitada, obligaba a cada dueño de estancia de ganado mayor a tener un estanciero español por cada dos mil cabezas, más cuatro negros o indios, dos montados y dos a pie, que haría el mismo rodeo semanal.

El progreso de la ganadería adelante y con él la expedición de más y más mandamientos, órdenes y disposiciones virreinales que iban perfeccionando la organización de la Mesta, al punto de que se hizo obligada la compilación de toda aquella legislación dispersa en otro código de ordenanzas formulado en 1631 por el virrey marqués de Cerralvo.

El auge de la ganadería era palpable a mediados del siglo XVI. En 1553 parte de las estancias de la provincia de Jilotepec tenían entre 20 y 30 mil cabezas de ganado menor, aparte de vacas, yeguas y bueyes. En esa región, como en las de Toluca Tepeapulco, no era extraordinario que un ganadero tuviera 10 mil reses y mil yegua.

En el sureste, la Gobernación de Yucatán sólo criaba escaso ganado mayor. En el norte, la Nueva Galicia tenía la ganadería distribuida a ambos lados de una línea irregular que partiendo de la región de Guadalajara subía hacia Aguascalientes, Zacatecas.

A despecho de las cifras dadas como ejemplo de la fabulosa riqueza ganadera novo hispana, es necesario apuntar que su máximo aumento fue alcanzado a fines del XVI. A partir de 1580 más o menos se empezó a observar una reducción apreciable en la multiplicación del ganado.

La marca de reses puede ser otro elemento de comparación muy elocuente. La región de Guadalajara marcaba 23 mil novillos en 1594, pero en 1602 desciende a 8000 y en 1608 apenas 5000.

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